Si perdemos el Silala serán traidores a la Patria Morales y Arce

ANGÉLICA SILES

La Constitución Política del Estado, establece Art. 124.I.“Comete delito de traición a la patria la boliviana o el boliviano que incurra en los siguientes hechos: 2. Que viole el régimen constitucional de recursos naturales. II. Este delito merecerá la máxima sanción penal, Art.348. I.“Son recursos naturales los minerales en todos sus estados, los hidrocarburos, el agua, el aire, el suelo y el subsuelo, los bosques, la biodiversidad, el espectro electromagnético y todos aquellos elementos y fuerzas físicas susceptibles de aprovechamiento”.

El 23 de septiembre de 1908 la prefectura de Potosí dio en CONCESION las aguas de los manantiales del Silala a la empresa The Antofagasta (chili)and Bolivia Railway Company Limited, para uso de la construcción del ferrocarril, llevaría el agua y dejaría 1/3 para alguna necesidad, llevaban agua y la comercializaban en territorio chileno SIN AUTORIZACION, para las mineras especialmente la de cobre de Chuquicamata que era nuestra, y ahora sostiene a Chile.

El 6 de junio de 2016 Chile demandó a Bolivia por las aguas del Silala, pide a La Haya que determine que el Silala es un río de curso internacional y que Chile tiene derechos sobre los manantiales que están ubicados en el cantón Quetena Chico, el caudal del manantial Silala es bastante reducido (a la altura que cruza la frontera alcanza en promedio de 140 a 160 litros por segundo) por ello no califica de río internacional, y tampoco que haya sido canalizado mediante obras menores, precisamente para aprovechar al máximo ese caudal reduciendo la pérdida por infiltración, un rio no se canaliza.

Bolivia al contrademandar a Chile, informó que se efectuaron investigaciones geológicas y hidrológicas por parte del Instituto Danés de Hidrología, de las obras hidráulicas y mecanismos de drenaje instalados, construidos en 1908, no existiría un flujo natural a Chile y declare que “nuestro país tiene derecho soberano sobre las obras hidráulicas y los mecanismos de drenaje instalados en su territorio y en consecuencia, tiene derecho a decidir si va conservarlas o retirarlas”. Absurdo pedir a la Corte confirme que las aguas interiores en nuestro territorio, son propiedad de Bolivia.

“La Corte Internacional de Justicia, órgano judicial de las Naciones Unidas, celebrará audiencias públicas en el caso a la Controversia sobre el Aprovechamiento de las Aguas del Silala el 1 al 14 de abril de 2022, en el Palacio de la Paz en La Haya, sede de la Corte, se dedicarán del caso: 1)“Chile pretende que la Corte Internacional de Justicia declare que el sistema del Río Silala, junto con las porciones subterráneas de su sistema, es un curso de agua internacional, cuyo uso se rige por el derecho internacional consuetudinario; 2) Bolivia pedirá en La Haya se haga justicia, y que Chile NO siga aprovechando de manera arbitraria, de manera ilegal, el uso del manantial de aguas del Silala, atentando contra el derecho internacional”,

El 1 abril, de 15:00 a 18:00, ronda de alegatos orales de Chile. El 4 de abril, de 15:00 a 18:00, ronda de alegatos orales de Bolivia, incluidas las reconvenciones. El 5 de abril, de 15:00 a 17:00, ronda de alegatos orales de Bolivia incluyendo reconvenciones. El 6 de abril, de 16:00 a 18:00 las observaciones de Chile a las reconvenciones de Bolivia. El 7 de abril, de 15:00 a 18:00, el interrogatorio de expertos (convocado por Chile). El 8 de abril, de 15:00 a 18:00, el interrogatorio de expertos (convocado por Bolivia). El 11 de abril, de 15:00 a 17:00, la segunda ronda de alegatos orales de Chile. El 13 de abril, de 15:00 a 18:00: segunda ronda de alegatos orales de Bolivia incluyendo reconvenciones.  El 14, de 15:00 a 16:00, será réplica de Chile a las reconvenciones de Bolivia.

Para la defensa de nuestro Recurso Natural, se debe llevar un equipo MULTIDISCIPLINARIO de bolivianas(os) expertos en el tema Silala, informar el monto que se les pagará a los extranjeros y bolivianos, que el conjunto de manantiales cuyos acuíferos son arreicos (Cuenca arreica hidrográfica cuyas aguas no desembocan en lagos ni en mares, pues se evaporan o se infiltran al suelo, desapareciendo del paisaje) y que el flujo de agua hacia Chile es artificial, porque Chile no es país ribereño y no tiene derecho y Bolivia debe pedir INSPECCION EN EL LUGAR Y PERITAJE.

ANGÉLICA SILES PARRADO

Abogada, ex Asambleísta Constituyente de Bolivia

*NdE: Los textos reproducidos en este espacio de opinión son de absoluta responsabilidad de sus autores y no comprometen la línea editorial Liberal y Conservadora de Visor21.