Sentencia inconstitucional e ilegal debe ser anulada

ANGÉLICA SILES

La Constitución Política del Estado establece en el Artículo 122 que “Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley”. El Art. 161 expresa que “Las Cámaras se reunirán en Asamblea Legislativa Plurinacional para ejercer las siguientes funciones, además de las señaladas en la Constitución: 7. Autorizar el enjuiciamiento de la Presidenta o del Presidente, o de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado”.  El Art. 184, Numeral 4 señala que entre las atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia está la de “juzgar” como tribunal colegiado en pleno y única instancia a la Presidenta o Presidente del Estado, o a la Vicepresidenta o al Vicepresidente del Estado.

Por tanto, los jueces y fiscales que sentenciaron a Jeanine Añez usurparon funciones y NO esperaron (porque NO cuentan con 2/3) que la Asamblea Legislativa Plurinacional autorice, de acuerdo con el Art. 161 de la CPE, el juicio de Responsabilidades. Los jueces y fiscales cometieron delito de prevaricato y usurpación de funciones, porque después de 15 meses de detención ILEGAL, el 12  junio se comprobó que decidieron juzgarla en la justicia ordinaria. Y es que Morales informó en la radio Kausachun coca que, en una reunión política del MAS, conjuntamente Luis Arce, Iván Lima, Evo Morales, Marianela Prada, el Pacto de Unidad, Jefes de bancada, senadores, diputados, presidentes de las cámaras, decidieron que se debía aplicar el juicio ordinario y no un juicio de responsabilidades. Así consolidaron el plan macabro, cuando decidieron el juicio ordinario en contra de Jeanine Añez.

Manifiesta la Ley de Juzgamiento Nº144, Artículo 16. (Autorización Legislativa). I) En caso de existir materia justiciable, la Fiscal o el Fiscal General del Estado requerirá ante el Tribunal Supremo de Justicia el enjuiciamiento, requerimiento que previa consulta a su Sala Penal, será remitido a la Asamblea Legislativa Plurinacional, pidiendo su autorización expresa de conformidad a la atribución 7ª del Artículo 161 de la Constitución Política del Estado. IV) Si en una primera votación no se contase con el número de votos necesarios para autorizar el enjuiciamiento, se procederá a una segunda votación dentro del mismo periodo legislativo. Si en esta segunda votación no se contase con el número de votos requeridos, se rechazará la autorización de juzgamiento y se procederá al archivo de obrados.

Corrupción, injerencia política y falta de independencia son los tres elementos que definen al actual sistema judicial boliviano, el más corrupto de la historia de Bolivia, porque tratan de limpiar la imagen de Morales por el Megafraude de 2019. Por otro lado, Diego García-Sayán, Relator Especial de la ONU sobre la Independencia de Magistrados y Abogados, manifestó: “Las señales de posible intervención del poder político en este proceso judicial preocupan a la comunidad internacional”. Y asegura que Añez debe ser procesada en un juicio de privilegio por su condición de exmandataria. “La justicia boliviana tiene la oportunidad de hacer las correcciones que resulten necesarias ante un recurso de apelación u revisión, si se presentase”. Las declaraciones de Morales son prueba de la injerencia del gobierno en la justicia, lo que causó que García-Sayán manifestara que “Añez tiene derecho a juicio de responsabilidad”, que es para quienes hayan EJERCIDO la presidencia, al margen de cómo surgió su mandato.

El Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) declaró que la Justicia está lejos del pueblo en Bolivia, después de la estafa del 21F, cuando la democracia fue secuestrada, lo que se completó con el MEGAFRAUDE de 2019. Y se completa la incoherencia con la reciente sentencia contra la ex presidenta Jeanine Añez, por un delito que NO cometió. Por su parte, la Unión Europea a través de su representante, Josep Borrell, señaló en un comunicado que “en Bolivia el juicio no respetó plenamente los derechos al debido proceso de Añez”. “También hubo problemas con el uso excesivo y no excepcional de la detención preventiva, el acceso a pruebas testificales y el formato virtual e híbrido de las audiencias». Por tanto, para evitar ser el hazmerreír del mundo, se debe ANULAR la sentencia contra la ex presidenta Jeanine Añez.

ANGÉLICA SILES PARRADO

Abogada, ex Asambleísta Constituyente de Bolivia

*NdE: Los textos reproducidos en este espacio de opinión son de absoluta responsabilidad de sus autores y no comprometen la línea editorial Liberal y Conservadora de VISOR21