El director del programa Facetas Deportivas que emite su señal desde la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Fernando Nurnberg, se declaró perseguido por sucesivas acciones legales que en su opinión tienen por finalidad amedrentarlo por cuestionar la gestión del presidente de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), Fernando Costa.
En entrevista con la Unidad de Monitoreo de los diarios bolivianos representados por la Asociación Nacional de la Prensa (ANP), el periodista con 47 años de actividad informativa considera que hay una intencionalidad de amedrentarlo porque desde sus espacios de opinión expresa críticas al Presidente de la FBF.
Este jueves 28 de noviembre, el periodista Nurnberg se presentó en calidad de testigo ante un investigador policial “bajo conminatoria de expedirse mandamiento de aprehensión…”, dentro de un proceso abierto por Costa contra el expresidente de la Asociación Cruceña de Fútbol (ACF), Noel Montaño Cabrera, por el “supuesto delito de difusión e incitación al racismo o a la discriminación”.
Durante su declaración se acogió a la Ley de Imprenta y al artículo 197 del Código de Procedimiento Penal que otorga a las personas el derecho de “abstenerse a declarar sobre los hechos que hayan llegado a su conocimiento, en razón de su oficio o profesión y se relacionen con deberes de secreto y reserva legalmente establecidos”.
En una entrevista difundida por Facetas Deportivas en abril de 2024, el dirigente del fútbol Noel Montaño denunció actos de corrupción y soborno a árbitros para favorecer a un club de la Liga Profesional del Fútbol boliviano.
En enero de 2022, Nurnberg y el periodista Jaime Vega fueron obligados, por orden judicial, a borrar de sus redes sociales la denuncia del dirigente deportivo Gary Suárez que reveló sobornos en la elección del Presidente de la FBF.
El caso fue representado ante el Tribunal Constitucional que falló a favor de los periodistas, pero los contenidos ya habían sido retirados, recordó el Director de Facetas Deportivas.
La Constitución en su artículo 106 otorga a los periodistas el derecho a la comunicación y a la información y garantiza “el derecho a la libertad de expresión, de opinión y de información, a la rectificación y a la réplica, y el derecho a emitir libremente las ideas por cualquier medio de difusión sin censura previa”.
- ///FUENTE: ANP – UNIDAD DE MONITOREO///