CONADE: Acción Popular contra SC 084/2017 derivaría en juicio de responsabilidades a exmagistrados del TCP

Este martes 24 de enero, en Sucre, a través de una Acción Popular, se definirá el destino de la Sentencia Constitucional 084/2017 que fue la interpretación que hizo el Tribunal Constitucional Plurinacional de entonces para habilitar la repostulación de Evo Morales a una ilegal re-reelección en las elecciones viciadas de 2019.

La Acción Popular fue presentada por el diputado por Chuquisaca, Marcelo Pedrazas, en contra de esa sentencia para que sea eliminada del ordenamiento jurídico de Bolivia, sobre todo por efecto de la resolución a la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte- IDH) que descartó la figura de la reelección indefinida como un “derecho humano” para la clase política.

La audiencia será desarrollada en la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de Chuquisaca, y organizaciones como el Comité Nacional de Defensa de la Democracia (CONADE) apelan a que la población haga seguimiento a ese fallo, pues este podría ser el inicio para que los entonces magistrados del TCP sean procesados en un juicio de responsabilidades.

“Lo que han cometido estos magistrados son actos de prevaricato y el TCP debe eliminar del ordenamiento jurídico la sentencia constitucional y los responsables ser pasibles a juicios penales y de responsabilidades por sus actos”, expresó el representante del CONADE, Manuel Morales, en conferencia de prensa.

El activista expresó que la Acción Popular del legislador chuquisaqueño es respaldada por esa organización ciudadana y añadió que el CONADE en Sucre será convocado para acompañar la audiencia de la Sala Constitucional que fue citada para desarrollarse de manera virtual y no presencial.

Morales explicó que el TCP en 2017 se tomó atribuciones de control de convencionalidad con normativa internacional como el Pacto de San José de Costa Rica, actuando fuera del margen asignado a estos magistrados como “guardianes de la Constitución”.

Los magistrados que avalaron la candidatura de Evo Morales y su segundo Alvaro Garcia para las elecciones de octubre de 2019 fueron Mirtha Camacho, Ruddy Flores, Neldy Andrade, Macario Lahor Cortez, Oswaldo Valencia y Zenón Bacarreza.

“El quiebre del orden constitucional se dio con la sentencia de la re-reelección que favoreció a Evo Morales y que provocó un daño colectivo a los derechos políticos y civiles de todos los bolivianos”, expresó el legislador Marcelo Pedrazas, en anteriores declaraciones.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) en agosto de 2021, ante la consulta solicitada por el Gobierno de Colombia, determinó que el artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica no protege a la reelección indefinida en cargos políticos y públicos como un “derecho humano”, tal como interpretaron los citados exmagistrados para favorecer al binomio del Movimiento Al Socialismo (MAS).

“La reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos ni por el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos”, fue la resolución de la Corte-IDH.

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