Tras la aprobación en Senado del proyecto que abroga la Ley 1341, que reglamenta los estados de excepción en Bolivia, la abogada internacionalista Nadia Beller advirtió que se pueden generar vacíos legales y constitucionales, en medio de la convulsión social que se vive en el país.
Beller recuerda que un estado de excepción constituye una de las facultades más extraordinarias del poder público que permite restringir derechos temporalmente frente a amenazas graves para el país y su regulación suele estar rodeada de límites estrictos, controles legislativos y exigencias de proporcionalidad.
Al ser anulada la reglamentación de la Ley 1341, añade Beller, se podría activar una interpretación mucho más preocupante desde la perspectiva de los derechos fundamentales. “Si la Constitución ordena expresamente que la materia sea regulada por ley, entonces la ausencia de esa regulación genera un vacío normativo delicado, particularmente porque el estado de excepción implica restricciones a derechos, libertades y garantías constitucionales”.
Por ello, la Asamblea Legislativa debería realizar el control de esa norma y atribución del Ejecutivo, porque la sola abrogación elimina el desarrollo legal que precisa de procedimientos, límites, temporalidad, controles, mecanismos de fiscalización y parámetros de proporcionalidad.
“Paradójicamente, quienes impulsan la abrogación bajo el argumento de impedir abusos podrían estar produciendo el efecto inverso: devolver al país a una situación de vacío interpretativo donde el alcance del poder excepcional quede sujeto a interpretaciones políticas, decretos supremos y posteriores disputas ante el Tribunal Constitucional”, explica la analista internacional.
Beller concluye en que es necesaria una inmediata regulación, proyectada desde el Legislativo “para tener bien claro cómo se garantizará que ninguna emergencia se convierta en pretexto para ampliar discrecionalmente el poder estatal”.
El estado de excepción se incluyó en la Constitución Política del Estado de 2009, en sus artículos 137 al 140, sustituyendo la antigua figura del estado de sitio prevista en la Constitución de 1967. En ese mismo bloque constitucional se pide la regulación, que se hizo efectiva con la Ley 1341 de 2020, proyectada por la entonces presidenta del Senado, Eva Copa, con el objetivo de limitar la acción de la Policía y Fuerzas Armadas en convulsiones sociales como sucedió en 2019.


