Silala: fallo de La Haya sería dictado en diciembre; expertos ven poco probable que sea favorable a Bolivia

Es “poco probable” que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) emita un fallo favorable, o que cumpla el 100% de la demanda planteada por Bolivia contra Chile sobre la naturaleza de las aguas del Silala. El dictamen será revelado e La Haya antes que concluya este año.

La afirmación corresponde al Laboratorio de análisis de políticas, relaciones internacionales y diplomacia (Laprid), un grupo multidisciplinario que reúne a una decena de expertos bolivianos y que trabajó en el análisis y la revisión de los alegatos que trataron durante el pleito.

Gabriela Morales, una especialista en negociación internacional que forma parte de este Laboratorio, explicó a EL DEBER que el análisis contempló escenarios posibles del fallo, así como antecedentes del pleito y propuestas ante la nueva realidad bilateral tras la decisión de la CIJ.

JUICIO

El juicio se instaló en la CIJ en junio d e 2016, cuando Chile presentó una demanda ante la Corte para que declare al Silala “un río internacional con derechos de uso compartido”.

La acción jurídica fue planteada tres meses después del anuncio que hizo Evo Morales, entonces presidente del país, de llevar a la nación vecina ante los estrados de La Haya y esto sobre la base de un reclamo por una compensación por el usufructo de esos recursos hídricos.

En el área donde están las aguas del Silala, ubicadas en el cantón Quetena del departamento de Potosí, se construyó una canalización para el funcionamiento del ferrocarril que vincula al país con Antofagasta.

En 2018, Bolivia planteó una contrademanda, que en términos jurídicos se conoce como una “reconvención” y en durante la primera semana de abril de este año se realizaron las audiencias orales, con el respaldo de estudios científicos de ambas partes, en La Haya.

“Tras los alegatos orales, los jueces trabajan en el fallo y generalmente se toman entre cuatro y seis meses. Por otra parte, dado que hubo una medida provisoria en el caso de Guinea Ecuatorial contra Francia, el calendario de la Corte fue modificado y por eso la lectura del fallo podría ser la primera quincena de diciembre antes de que los jueces entren en vacación”, apuntó Morales.

TRES ESCENARIOS

A) Favorable a Chile

Un fallo que otorgue la razón a Chile en sus demandas de fondo sobre la naturaleza de las aguas del Silala en tanto “curso de agua internacional”, así como el derecho al uso del 100% de las aguas.

Este escenario favorable a Chile tiene importantes posibilidades y probabilidades de concretarse debido, en gran medida, al reconocimiento de Bolivia respecto de la naturaleza de las aguas del Silala como un “curso de agua internacional”, al que le ha añadido el concepto de “mejorado artificialmente”.

No obstante, de este último concepto, el haber reconocido al Silala como curso de agua internacional también implica el reconocimiento de todos los principios dimanantes del derecho internacional sobre cursos de agua distintos a la navegación que sean compartidos

B) Favorable a Bolivia

Un veredicto favorable a Bolivia por el que se acepten sus tres contrademandas presentadas al finalizar la fase de alegatos orales. Este escenario es poco probable y menos posible, inicialmente porque una de las partes, en este caso Bolivia, ha reconocido por pruebas científicamente realizadas, que el Silala es un curso de agua internacional.

Asimismo, considerando que uno de los elementos centrales que los jueces de la Corte deben aceptar, es la existencia de “un flujo mejorado”, lo que Bolivia denominó “agua artificial” sobre el cual Chile no tendría derecho adquirido y por el que, además, ese país debería pagar a Bolivia si decide hacer uso de dicho volumen de agua.

Esto implicaría hallar jurisprudencia sobre el concepto —que hasta el presente no se lo conoce en casos similares a nivel de relaciones internacionales— o crear la misma a partir de la cual se aplicarían en otros casos similares a nivel mundial, con el consiguiente efecto de desorden e incertidumbre en los acuerdos bilaterales preexistentes sobre recursos hídricos compartidos.

C) Equilibrado

Una sentencia “salomónica” para ambas partes. Al respecto, el fallo de la Corte contendría elementos de fondo a favor de Chile y elementos subsidiarios a favor de Bolivia. Es decir: Dado que ambas partes reconocieron que el Silala es un curso de agua internacional, con la excepción de que parte de su flujo es artificialmente mejorado como lo plantea Bolivia.

Este escenario tiene mínimas posibilidades de aceptación por parte de los jueces de Corte en virtud a que dicho concepto (flujo artificialmente mejorado) no se halla desarrollado en la jurisprudencia sobre cursos de agua internacional y porque su aceptación generaría más controversias que soluciones.

En consecuencia, un fallo salomónico tal vez tendría que abrir la posibilidad de que Bolivia y Chile acepten la realización de estudios conjuntos para determinar la existencia de ese flujo artificial mejorado, cuestión que, dicho sea de paso, en predecible que Chile no lo acepte.

Por otra parte, un argumento que podría favorecer la posibilidad de un fallo “equilibrado”, técnicamente hablando, es que ambos países no realizaron estudios en ambos lados de la frontera por lo que se abriría la posibilidad de una negociación bilateral para viabilizar la realización de estudios más concluyentes y mutuamente vinculantes sobre la naturaleza y el uso de las aguas del Silala.

​//FUENTE: EL DEBER//