Proceso abreviado se usó como extorsión, concluye magistrado del TSJ

El presidente de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Carlos Ortega, calificó al procedimiento abreviado como un mecanismo de «extorsión» que fue utilizado para someter a imputados, distorsionando el sentido de la justicia. Una de las víctimas más emblemáticas de esta práctica fue el exdirigente de la Adepcoca de Los Yungas, César Apaza, quien, presionado por una enfermedad y una investigación estancada, se vio forzado a acogerse a esta figura para obtener su libertad, aun sin existir pruebas contundentes que acreditaran su culpabilidad.

El procedimiento abreviado, una figura legal diseñada como una salida alternativa para evitar un juicio oral, se ha desvirtuado en Bolivia hasta convertirse en un instrumento de “extorsión” y “sometimiento” que presiona tanto a imputados como a víctimas para llegar a una sentencia “a como dé lugar”, según una contundente declaración del presidente de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), magistrado Carlos Ortega.

La grave advertencia fue emitida durante la presentación de una resolución de la Sala Penal destinada a regular estrictamente la aplicación de este procedimiento. Ortega afirmó que, en la última década, este instituto jurídico ha sido «totalmente distorsionado», generando un «desarreglo penitenciario» en el país. El objetivo de la nueva normativa es impedir que se continúe utilizando para sentenciar y condenar a personas sin que se haya acreditado debidamente su culpabilidad mediante pruebas fehacientes.

El magistrado explicó que, en teoría, el procedimiento abreviado permite a un imputado, tras analizar las pruebas con su defensor, aceptar su responsabilidad en un hecho delictivo a cambio de una pena menor, cerrando el caso. Sin embargo, la práctica ha revelado graves irregularidades. Se detectó que el sistema penal suele aplicar primero la detención preventiva y luego inicia la investigación, lo que genera una «desesperación» en los imputados que los lleva a aceptar culpabilidad a cambio de libertad, incluso por delitos menores o sin una investigación sólida que los vincule.

Esta distorsión del proceso se ha convertido en una suerte de extorsión institucionalizada. El procedimiento abreviado ha funcionado como un mecanismo de «sometimiento» del imputado, forzado a admitir cargos para poner fin a un proceso que no avanza, tal como lo demuestran casos emblemáticos. Uno de ellos es el del dirigente cocalero de los Yungas, César Apaza, considerado opositor al MAS, quien, tras casi año y medio de encarcelamiento y una investigación estancada, se vio obligado a aceptar el procedimiento debido a su precario estado de salud.

Otro caso resonante es el denominado «Caso Golpe de Estado». Luis Guillén, abogado de la expresidenta Jeanine Áñez, denunció que el Ministerio Público intentó persuadirla para que se acogiera a este mecanismo y admitiera culpabilidad; ella se negó. En contraste, cuatro exjefes militares imputados en el mismo caso sí aceptaron un procedimiento abreviado en noviembre de 2023, recibieron sentencias mínimas y recuperaron de inmediato su libertad.

Frente a este escenario, la Sala Penal del TSJ busca restablecer el sentido original de la figura. «Lo que se pretende es que este instituto no sea un instrumento de sometimiento, sino un mecanismo para resolver causas en base a elementos probatorios que acrediten evidentemente la culpabilidad», sentenció Ortega. La nueva resolución obligará a una constatación rigurosa de los requisitos formales y de fondo antes de aplicar cualquier salida alternativa, priorizando la justicia sobre la mera celeridad procesal.

  • ///FUENTE: CORREO DEL SUR///