“Hemos encontrado aceite y pedimos que saquen a la venta”, afirmó la secretaria Municipal de Desarrollo Económico, Sandra Soliz después de los primeros operativos que efectuaron en mercados en Max Paredes y Cotahuma antes del mediodía. Alertó de la venta de productos argentinos sin fecha de vencimiento.
Intervinieron 120 actividades económicas y suspendieron 12 de ese total en ambos macrodistritos. Recorrieron centros de abasto y calles donde venden los principales productos de la canasta familiar, como la Gallardo.
“Hemos pedido que pongan sus letreros de precios, muchas vendedoras ya tenían porque semanas pasadas ya hicimos la inspección”, recordó Soliz en conferencia de prensa mientras mostraba los productos decomisados por presencia de heces de ratón en los negocios y puestos de venta.
“La ciudadanía tiene que tener mucho cuidado, los aceites argentinos no tienen fecha de vencimiento, no sabemos cuántos años lo tienen en sus almacenes, eso es dañino para la salud”, afirmó la intendenta Macrodistrital de Max Paredes, Johana Soliz.
Decomisaron 166 bebidas alcohólicas, 14 botellas de aceite que no contaban con registro sanitario ni fecha de expiración, productos vencidos y otros alimentos contaminados con heces de ratón. Algunos almacenes de abarrotes tampoco contaban con licencia de funcionamiento.
“Estos operativos son semanales, vamos a continuar y apoyar a la población, vamos a verificar el precio y el peso también”, dijo Jhoana Soliz. Durante las intervenciones efectúan el control de inocuidad, condiciones de conservación y verificación de fechas de vencimiento.
Las competencias del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz también implican control de carnet de manipulación, exposición de precios, control de balanzas, estado de la infraestructura, verificación de patentes y comiso y desecho de productos con fechas vencidas o en mal estado.
La normativa vigente es clara, la Ley 453 asigna al nivel central del Estado la competencia exclusiva sobre derechos y políticas de los consumidores. Asimismo, el Decreto Supremo 434 establece que la intervención ante casos de contrabando, agio o especulación corresponde exclusivamente a las Fuerzas Armadas, la Policía Boliviana y la Aduana Nacional.
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