TSJ de La Paz debe enviar sentencia de Áñez a Sucre para su revisión

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió el recurso de revisión que presentó la defensa de la expresidenta Jeanine Áñez y dió un plazo de tres días para que el Tribunal Departamental de La Paz remita los expedientes originales de la sentencia que dictó en 2022, como parte del montaje «golpe II».

El TSJ “falla declarando admisible el Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada interpuesto por Jeanine Áñez Chávez, en cuanto hubiera lugar en derecho y dispone que el Tribunal de Sentencia Anticorrupción Primero de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz que emitió la Sentencia 12/2022 10 de junio, remita los antecedentes originales, sea en el plazo de tres días”, según señala el auto supremo 180/2025.

El 15 de septiembre la defensa de la expresidenta pidió revisar la sentencia dentro del caso ‘golpe II’ y fracasó en su intento, pues el TSJ declaró inadmisible el pedido de revisión y anulación de sentencia por no cumplir requisitos; en esa oportunidad los abogados corrigieron los defectos de forma y volvieron a presentar el pedido y esta vez sí, siete de ocho magistrados votaron por admitir la revisión y pusieron los plazos al TDJ de La Paz y a la Fiscalía General. La magistrada Norma Velasco Mosquera, fue el voto disidente.

El 13 de marzo de 2021 la exmandataria fue aprehendida en Trinidad y trasladada a La Paz; le abrieron un juicio denominado ‘golpe de estado’.

Sin embargo, el presidente del Senado presentó otro proceso similar y la Justicia lo dividió en dos, así nacieron ‘golpe I’ y golpe II’, este último logró la sentencia en primera instancia el 10 de junio de 2022 y el 17 de julio de 2023 el propio TSJ ratificó la sentencia de 10 años.

Pero ahora la defensa se acogió al artículo 421 de la Constitución Política del Estado (CPE) y demostró que se aplicó de forma irregular las leyes para condenarla a esos 10 años y por tanto, señala se debe corregir ese error.

“Tomando en cuenta los alegatos esgrimidos, que señalan que fue condenada en aplicación de la Ley 004 de 31 de marzo de 2010 cuando, conforme a la fecha de la Sentencia 12/2022 de 10 junio, correspondía, a criterio de la recurrente, la aplicación de la Ley 1390 de 27 de agosto de 2021, que obviamente ya se encontraba vigente al momento de la emisión de la sentencia; por haber realizado esta última, modificaciones a los tipos penales de Resoluciones Contrarias a la Constitución y la Leyes e Incumplimiento de Deberes, que hacen su aplicación más restrictiva y por ende, más favorable al justiciable”, señal parte del argumento de los magistrados.

Por su parte, la expresidenta Jeanine Áñez dijo haber sido víctima de una condena “política” y celebró que el TSJ haya considerado por fin las “ilegalidades” cometidas en su proceso y se abra a revisar la condena que se le impuso por la vía ordinaria.

“Me juzgaron sin contemplaciones, sin garantías ni debido proceso. Soy una presa política desde hace 1.165 días y soy inocente, privada de libertad, mientras los verdaderos responsables de los hechos punibles están libres e impunes”, añadió.

Áñez sostuvo que la sentencia de 10 años de cárcel en su contra fue una “patraña cruel, ruin y cobarde” instruida —según sus palabras— por Evo Morales, Luis Arce e Iván Lima, quienes habrían dado órdenes a una comisión de fiscales, ministros y jueces para condenarla “de cualquier modo”.

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